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Boletín Oficial de Navarra número 62 de 2000. (1364 words) |
 | 7.º El Ayuntamiento de Aranarache velará por la conservación, defensa, recuperación y mejora de los bienes comunales y se opondrá a cualquier intento de privatización o acción que vaya en perjuicio de los mismos. |
 | Cuando las disponibilidades del monte lo permitan, y previa autorización del Gobierno de Navarra, el Ayuntamiento de Aranarache concederá los lotes de leña de hogares a las unidades familiares que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 16 de la presente ordenanza. |
 | El Ayuntamiento de Aranarache fijará anualmente el volumen de los lotes de leña de hogares a adjudicar a las unidades familiares, en función de las disponibilidades del monte, pudiendo llegar en caso necesario a la supresión de este aprovechamiento por el plazo que considere oportuno el Ayuntamiento. |